El
matrimonio, canónicamente tirado a la basura
En el
edicto que el Papa Francisco ha emitido “con respecto a la aplicación de las
recientes reformas de la ley del matrimonio de la Iglesia,” hay una disposición
cuya importancia no ha pasado desapercibida a los expertos en derecho canónico.
Es la siguiente:
“No se
permite el recurso ante la Rota Romana para una Nova Causae Propositio (NCP),
después de que una de las partes haya contraído un nuevo matrimonio canónico, a
menos que la injusticia de la decisión esté claramente probada.”
Lo que
esto significa en términos sencillos es que si una de las partes del matrimonio
obtiene una anulación rápida a nivel diocesano, la parte que se opone a la
anulación no puede introducir una nueva causa o motivo para impugnar la
anulación en apelación a la Rota Romana, si la otra parte se ha apresurado a
una nueva boda en la Iglesia.
En
esencia, una nueva boda eclesiástica, aunque los procedimientos matrimoniales
pudieran seguir pendientes, termina el procedimiento por causa de la anulación
dictada por la Diócesis, más que por las acciones del mismo procedimiento. Es
decir, no a través de agotamiento del proceso de anulación en sí, que se supone
que se basa basa en la búsqueda de la verdad objetiva sobre un matrimonio cuya
validez siempre se ha presumido bajo ley de la Iglesia.
En un
artículo titulado “Desarrollo de los Nuevos Procedimientos para Matrimonios
Fallidos”, a propósito de tal confusión, Sandro Magister presenta un comentario
en italiano de un canonista respetado, Guido Ferro Canale. Canale advierte de
que el resultado puede ser dejar a la parte que impugna la anulación de su
matrimonio, basándose en algunas pruebas recién descubiertas – por ejemplo, que
la otra parte le mintió o presentó pruebas fabricadas durante el proceso
diocesano – en la posición efectiva de alguien indefenso por la decisión
tomada. Aún cuando el edicto del Papa Francisco no lo diga expresamente.
Según
el derecho canónico, una sentencia firme no puede ser revocada a menos que
primero se establezca claramente que el juicio era “manifiestamente injusto.”
El procedimiento estándar para tal “ataque colateral”, implica a la declaración
diocesana de nulidad y a esto Canale añade que el Canon 1645 impone unos
enormes requisitos para poder anular un juicio canónico firme.
Nunca,
dice Canale (las siguientes traducciones son mías) tiene como presunción de
finalidad “hacer vinculación a un hecho extrínseco y sobrevenido” – es decir,
una nueva boda de la Iglesia – “que es precisamente lo que es el nuevo
matrimonio”. Además señala, uno incluso podría decir que esta nueva regla,
“determina el cese de interés en la verdad sobre el primer enlace, porque si es
evidente que es válido, las nuevas nupcias serían nulas.”
Las
consecuencias son devastadoras. Por ejemplo, un marido infiel casado durante
muchos años podría abandonar a su esposa e hijos, obtener una anulación e
inmediatamente casarse por la Iglesia con una nueva pareja -en la misma
diócesis que concedió la anulación- por lo tanto, esto llevaría efectivamente a
una gran lucha por la mujer para defender el vínculo matrimonial en la
apelación a la Rota. Ella habría sido “echada a patadas” fuera del matrimonio,
junto con los niños.
Este
resultado, Canale observa, “es equivalente a decir que el nuevo matrimonio es
totalmente meritorio en sí mismo, sin ni siquiera una referencia a la buena fe
de las partes contratantes. Hasta el punto de impedir la averiguación de la
verdad acerca de la unión anterior“. Concluye: “Nunca ha sido lícito ejercitar
una acción en caso de duda acerca de si es pecaminosa; de lo contrario, al
aceptar el riesgo es equivalente a cometer el pecado en sí”,en este caso,
pecado de adulterio.
En su
edicto, el Papa Francisco declara que sus “reformas” de las leyes del
matrimonio de la Iglesia están dirigidas a “la multitud de los que viven el
drama del fracaso conyugal …”, ¿fracaso
conyugal? Pero un decreto de anulación, se supone que significa sólo que hay
matrimonio nulo y por lo tanto no existió matrimonio “fallido”. De hecho, debido
a que un matrimonio sacramental es indisoluble y las partes se consagran
inalterablemente a Cristo en Santo Matrimonio, hablar de “fracaso matrimonial”,
no es aceptable en absoluto y mucho menos decir una multitud de “fracasos
matrimoniales” ya que supone sugerir precisamente lo que los críticos de estas
reformas temen: el advenimiento del “divorcio católico”.
No es
de extrañar que la Hermana Lucía advirtiera al cardenal Caffarra que “la
batalla final entre el Señor y el reino de Satanás será acerca del matrimonio y
la familia.” Parece que la batalla final está en marcha.
Christopher
A. Ferrara
[Traducción
de Alberto Guzmán. Artículo original]
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